AVIACIÓN CIVIL.

El IDAC afirma que valores éticos y profesionales han primado siempre en su desempeño institucional

Santo Domingo.- La Dirección General del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) y todo el equipo técnico y administrativo  asegura a través de la publicación de un comunicado dirigido  a la opinión pública nacional y a la ciudadanía en general, que el ejercicio de sus responsabilidades como ente del Estado se ha realizado “dentro de la competencia técnica, las facultades legales y las funciones orientadas a la aplicación y el cumplimiento de las normas que rigen la aeronáutica civil dominicana”.

“La sociedad dominicana y las autoridades del país pueden tener la certeza de que durante la actual gestión los valores éticos y profesionales siempre han primado en el desempeño institucional del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) y de su personal”, se resalta en la parte final del comunicado.

Con el documento publicado de manera íntegra en las redes sociales y en  el portal en la web del IDAC (www.idac.gob.do) se avala  la integridad, objetividad y competencia del personal técnico que elaboró y presentó el informe técnico de No Objeción Aeronáutica a la aprobación del Poder Ejecutivo para la construcción de un nuevo aeropuerto en la región este del país.

Al inicio se ofrecen las explicaciones por las que se ha emitido  un informe de No Objeción Aeronáutica, dando respuesta a la solicitud del consultor jurídico del Poder Ejecutivo para “realizar un informe técnico en relación con la viabilidad técnica operacional del proyecto para la construcción de un aeropuerto internacional en la zona de Bávaro”.

En ese sentido se empoderó  al director de Vigilancia de la Seguridad Operacional (DVSO-IDAC) para que, en conjunto con las demás áreas técnicas que componen esta institución y que tienen incidencia en la prestación de los Servicios a la Navegación Aérea, realizarán el estudio y opinión de referencia preliminar.

Conforme a los estudios e indagaciones del personal técnico y teniendo de base los mandatos de la  ley 491-06, que otorga facultad  al IDAC para “autorizar y fiscalizar la construcción, puesta en funcionamiento y operación aeronáutica de los aeropuertos y aeródromos de uso público y privado del país”, se procedió a emitir la No Objeción Aeronáutica.

“La Dirección General del Instituto Dominicano de Aviación Civil garantiza la legitimidad del trabajo realizado por nuestro personal técnico especializado, que en el presente caso ha actuado en virtud de lo que establece la ley 491-06, especialmente en lo estipulado en el citado artículo 26, literales r) y s)”, se precisa  en el tercero de los cinco aspectos aclarados en el comunicado.

Refiere el documento,  a modo de recordación, que el   IDAC es una de las instituciones más estandarizadas de la administración pública dominicana, y la gerencia de los aspectos técnicos operacionales es sometida a periódico escrutinio por parte de la OACI, cuyos resultados han colocado al país en la posición #12 en cumplimiento normativo, entre los 193 Estados miembros de esa organización, que ha catalogado a la República Dominicana como un Estado Campeón y un referente regional para otros Estados miembros de la OACI.

Cita también el artículo 26 de la ley 491-06, que responsabiliza al IDAC “autorizar y fiscalizar la construcción, puesta en funcionamiento y operación aeronáutica de los aeropuertos y aeródromos de uso público y privado del país”.

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